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Seguro Responsabilidad Civil

Definición:

 

Responsabilidad Civil: se define como la obligación que tiene toda persona de reparar el daño, en virtud del principio "No causar daño ni lesiones a los intereses de los semejantes".

Diferencia entre Responsabilidad Civil Contractual y Responsabilidad Civil Extracontractual
La Responsabilidad Civil Contractual, corresponde a la reparación de un daño por incumplimiento de contrato.

La Responsabilidad Civil Extracontractual, corresponde a reparar un daño por negligencia o culpa a un tercero con el cual no existe una relación contractual previa.

La póliza de Responsabilidad Civil EXCLUYE la Responsabilidad Penal y la Responsabilidad Civil Contractual

¿Qué protege un seguro de Responsabilidad Civil?
Protege el patrimonio del asegurado que se pueda ver afectado en virtud de la obligación de indemnizar a terceros por daños y perjuicios.

 

Diferencia con el resto de los seguros de daños:
a) Protege el patrimonio por vía indirecta
b) No es posible aplicar infraseguro
c) No existe estimación anticipada de la pérdida (PML)
d) Se desconoce la víctima y la magnitud del daño.

 

    Materia del Seguro

 

  • Cubre el pago de las indemnizaciones pecunarias de que, con arreglo a los Artículos pertinentes del Código Civil y con relación a los riesgos designados en las Condiciones Particulares, pueda resultar civilmente responsable por:
  • La muerte de terceras personas o las lesiones corporales causadas a las mismas (daños corporales).
  • Daños causados a cosas pertenecientes a terceras personas (daños materiales).
  • Gastos de defensa, aun por reclamaciones infundadas.

     

     Principales Coberturas

     

    Según Condiciones Generales de la póliza de Responsabilidad Civil inscrita en el registro de pólizas de la Superintendencia de Valores y Seguros bajo el código POL 1.91.086. Se pueden incluir además las siguientes cobertura adicionales:

     

  • Responsabilidad civil de cabeza de familia (según CAD 1 91 087).
  • Responsabilidad civil de producto (según CAD 1 91 089).
  • Responsabilidad civil de transporte (según CAD 1 91 090).
  • Responsabilidad civil de empresas para garajes, estaciones de servicio, talleres de carrocerías (según CAD 1 91 091).
  • Responsabilidad civil de construcción (según CAD 1 91 092).
  • Responsabilidad civil de propietarios de inmuebles (según CAD 1 91 093).
  • Responsabilidad civil de empresas para fábricas, manufacturas, artesanías, oficinas o administraciones (según CAD 1 91 094).
  • Responsabilidad civil patronal (según CAD 1 93 051).
  • Responsabilidad civil cruzada (según CAD 1 93 052).

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